Legislación sobre Actividades Subacuáticas
![]()
Reconocimiento Médico obligatorio
Reconocimiento Médico obligatorio
ORDEN de 14 de octubre de 1997 por la que se aprueban las Normas de Seguridad
para el ejercicio de actividades subacuáticas
http://www.boe.es/boe/dias/1997/11/22/pdfs/A34419-34456.pdf
CAPITULO I
Artículo 1. Aplicación de estas normas
Estas normas se aplicarán a toda operación en la que se someta a personas a un medio hiperbárico, bien sean de buceo profesional, deportivo, recreativo o de cualquier otra índole, a excepción de las militares, ejecutadas en aguas situadas en zonas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción, tanto en aguas marítimas como interiores.
CAPITULO IV
Artículo 25. De los reconocimientos médicos de las personas que se sometan a un ambiente hiperbárico.
Toda persona que se someta a un
ambiente hiperbárico, deberá realizar previamente un examen
médico especializado.
Este examen o posteriores reconocimientos deben ser realizados por médicos
que posean título, especialidad, diploma o certificado, relacionado
con actividades subacuáticas, emitido por un organismo oficial.
Los reconocimientos periódicos serán obligatorios para acceder
a cualquier título o certificado que habilite para someterse a un medio
hiperbárico, aparte del examen inicial (este debe figurar en un certificado
médico oficial).
Se repetirán anualmente en el caso de los buceadores y buzos profesionales.
Este reconocimiento debe figurar en su libreta de actividades subacuáticas.
Se repetirán cada dos años en el caso de los buceadores deportivo-recreativos.
Este reconocimiento debe figurar en su libreta de actividades subacuáticas.
![]()
LEGISLACION SOBRE ACTIVIDADES SUBACUATICAS
Decreto 2055/1969, de 25 de septiembre, de Presidencia del Gobierno, por el
que se regula el Ejercicio de Actividades Subacuáticas.
Orden de 25 de abril de 1973, de Presidencia del Gobierno, por el que se aprueba
el Reglamento para el Ejercicio de Actividades Subacuáticas en aguas
marítimas e interiores.
Orden de 14 de octubre de 1997, del Ministerio de Fomento, por el que se aprueban
las Normas de Seguridad para el ejercicio de Actividades Subacuáticas.
![]()
SEGURO OBLIGATORIO DE BUCEO DEPORTIVO
Real Decreto 849/1993, de 4 de Junio, por el que se determina las prestaciones
mínimas del Seguro Obligatorio Deportivo.
![]()
LEGISLACION SOBRE COMPRESORES
Real Decreto 366/2005, de 8 de Abril, por el que se aprueba la Instrucción
Técnica Complementaria MIE AP-18 del Reglamento de Aparatos a Presión.
![]()
LEGISLACION SOBRE ARMAS
Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento
de Armas.
Respuesta Intervención de Armas Guardia Civil sobre Licencia Federativa
como tarjeta deportiva para poder adquirir y portar fusiles submarinos.